El Secretario General, José Niz, manifestó que la Dirección Provincial del Trabajo, es responsable de exigir el respeto a la normativa laboral y garantizar que los derechos de los trabajadores sean reconocidos. Pero contrariando lo establecido, la Directora designó a un agente de planta permanente a la que la une un parentesco consanguíneo de primer grado, como Jefe de Departamento Secretaría, violando la carrera administrativa, soslayando la idoneidad, experiencia y formación avalada por la antigüedad en el desempeño de las funciones.
Señaló UPCP, que de modo inmediato, se solicitó formalmente audiencia al Ministro de Gobierno y Trabajo, Juan Manuel Chapo con el objetivo de que se deje sin efecto la designación.
Remarcó el Secretario General, que el acto administrativo compromete la garantía de imparcialidad que debería representar la Dirección, como autoridad de aplicación en la Provincia del Chaco en materia de procedimiento administrativo ante conflictos individuales y/o colectivos de naturaleza laboral.
La Directora Provincial del Trabajo accedió al cargo por Concurso de Antecedentes y Oposición que se convocó luego de una largo período de reclamos realizados por UPCP, por ende es quien más comprometida debiera estar con el respeto al derecho a la carrera administrativa, pero lamentablemente no es así, aseveró.
También señaló que la denuncia formulada al Ministro de Gobierno y Trabajo se basa, en que el acto administrativo dictado, transgrede la Ley de Etica y Transparencia en la Función Pública y la Ley 293 –A Régimen de la función de Director, entre otras normativas.
Los reclamos
Aguardamos una respuesta de la máxima autoridad ministerial para también plantear otros reclamos que requieren una solución urgente:
1.- Respeto a la carrera administrativa. Se deje sin efecto Disposición Nro. 048/20 de la Directora Provincial del Trabajo.
2.- Estructura Orgánica: Participación de UPCP en su diseño e implementación.
3.- Asignación de funciones en cargos vacantes con participación de los trabajadores.
4.- Pago de Fondo Estímulo para el personal de la Dirección Provincial del Trabajo conforme con lo establecido en la Ley 481-L .
5.-Reglamentación Ley de Tasa Retributiva de Servicios
6.- Bonificación por Dedicación 25%.
7.- Solución inmediata de las deficientes condiciones edilicias.