La iniciativa, solicitada por la misma jefa comunal, había sido aprobada por el Concejo Municipal y generó polémica en el ámbito periodístico. Inclusive el Foro de Periodismo Argentino repudió la ordenanza.
A través de un comunicado del Ejecutivo Municipal se sostiene que por el dictado de la ordenanza 134, “es oportuno aclarar que por una cuestión de interpretación la misma ha sido vetada parcialmente”.
Asimismo enfatiza en la nota de Prensa Municipal que se deja “en claro que toda la información que habría sido publicada al respecto en los distintos medios de comunicación deberían consecuencia ser consideradas sin valor alguno, ello en mérito de que el Poder Ejecutivo tiene un plazo de 10 días hábiles para promulgar o vetar una ordenanza.
El primer documento sostenía que “cada persona que posea un espacio radial está obligado a difundir el parte de prensa oficial”. LA misma también dispone que el divulgar una noticia considerada falsa originará una multa y será sancionado con una multa de 500 a 1000 litros de nafta súper YPF”
Además indicaba que “es responsables tanto el propietario de la emisora como el propietario del espacio radial en el que se divulgó la noticia”.