Asi lo determinó el intendente de la localidad, Victor Machuca, a través de la Resolución Municipal N° 150/2020.
En él se establece el uso obligatorio de barbijo, mascarillas y/o protectores faciales hasta que. Además, recuerda que la medida rige para todas las personas que transiten o permanezcan en espacios públicos de la ciudad. Así, a partir de las 00 del lunes 13 de abril, comienza en la localidad la obligatoriedad del uso de barbijo y tendrá vigencia hasta tanto se levante la medida de aislamiento social obligatorio
Detalla que es también para quienes ingresen y/o permanezcan en cualquier local comercial o de servicio, así como también para quienes se desempeñan en la atención al público en organismos públicos y/o en alguna de las actividades exceptuadas por el decreto 297/2020 y decisión administrativa 450/2020 contenidas y ratificadas a su vez, por respectivas resoluciones municipales expedidas por el Poder Ejecutivo municipal de Las Breñas.
En caso de incumplimiento, las autoridades policiales tendrán el poder de retirar a las personas del lugar donde se encuentren transgrediendo la norma, se labrará acta de infracción y, de ser reincidente, se lo detendrá.
En tanto, la sanción por la falta que supone la clara desobediencia a la obligación que establece el uso de barbijo o alguna protección facial, será de una multa que se fija en 50 litros de nafta Super al valor de venta en el mercado local, mientras que, su reincidencia importará la duplicación del valor de la multa.