UPCP rechaza la jubilación anticipada a agentes del Estado mayores de 60 años

Sociedad

Desde UPCP denunciaron que en plena emergencia sanitaria por la pandemia de Covid 19, la subsecretaria de Gestión Pública, a cargo de Patricia Unamuno, notificó la Circular N° 1/2020 a las unidades de Recursos Humanos de los diferentes Ministerios, las que deberán proceder al inicio de los trámites de jubilación ordinaria móvil y edad avanzada de todos los agentes que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley Provincial de Jubilaciones.

“Esto es la imposición del inicio de un proceso jubilatorio para trabajadores que en este momento están prestando servicio, sin tener en cuenta que los decretos dictados en contexto de pandemia en materia de aislamiento y de licenciamiento, no se aplican al personal mayor de 60 años afectado al servicio esencial o crítico”, mencionó el secretario General, José Niz.

En tal sentido, el dirigente remarcó que “esto pone de manifiesto que no existe en la provincia del Chaco una política de Estado en materia de capital humano y no se realiza un estudio profundo del plantel por jurisdicción o de las actividades complementarias que la medida genera”.

“Improvisadamente, se dicta una medida general, sin verificar previamente las necesidades del servicio, provocando un estado de incertidumbre en el trabajador que se encuentra cumpliendo el aislamiento social, preventivo y obligatorio, para evitar la propagación del coronavirus”, indicó.

Además, calificó de inoportuna e irrazonable la medida, “porque el inicio de los trámites de esta naturaleza trae como consecuencia la actualización de los legajos de los agentes y ello implicará que sean notificados en domicilio y se desplacen para completar la documentación en un contexto en que el gobernador ordenó aislarse”, aseveró.

PÉRDIDA DEL PODER ADQUISITIVO

Por otro lado, Niz determinó que es el trabajador el que decide cuándo jubilarse, ya que la jubilación es un derecho. “No es el Estado el que puede iniciar de modo inconsulto un proceso jubilatorio, sobre todo en esta crítica situación económica en que el salario del trabajador ha perdido un 50% de su poder adquisitivo. Por ende, impacta en el haber jubilatorio, dado que si bien la ley dice que se garantiza un 82% móvil en la realidad y conforme los sistemas de prorrateo aplicados, el trabajador cobra de bolsillo un 75% de su haber. A lo que se suma que, a la fecha, solamente se ha incrementado el salario en un 11%, totalmente insuficiente para hacer frente a una inflación interanual que supera el 45%, no cubriendo los gastos de la canasta familiar y otras necesidades”, puntualizó.