El Municipio de Resistencia, a través de la Resolución 0952, adhirió al Decreto Provincial 732/20, extendiendo la cuarentena administrada hasta el 30 de junio ante la circulación y contagio comunitario del covid 19.
En tal sentido, se dispuso la prestación de los servicios básicos en la ciudad y suma nuevas medidas como la atención al público en la Dirección Tributaria, el Registro de Conducir, la Caja Municipal y sus distintos módulos. Además de autorizar obras privadas a aquellos comitentes o propietarios que hayan presentado los planos respectivos, entre otras acciones que se detallan a continuación.
La Resolución Municipal N° 0952, deja sin efecto las resoluciones N° 932/20 y 946/20; y establece cómo seguirá en Resistencia la cuarentena hasta el 30 de junio. Las medidas adoptadas son:
Establecer el pleno funcionamiento de los servicios esenciales declarados por la Ordenanza N° 13271/20, correspondiente a las áreas de la Secretaría de Servicios.
Disponer la prestación de servicios a través de los Directores Generales y Directores, para el funcionamiento de guardias mínimas rotativas en las áreas administrativas, de fiscalización y juzgado de faltas, para la atención de las cuestiones internas, de los contribuyentes y usuarios, como así también de todos los servicios esenciales, de seguridad y vigilancia, Dirección General de Personal y de la Dirección de Control, Reparación y Mantenimiento de Relojes Tarjeteros.
ATENCIÓN AL PÚBLICO EN DEPENDENCIAS MUNICIPALES
Además, se reactiva la atención al público, de 07 a 13 horas, en la Dirección General Tributaria y módulos de la Caja Municipal de Resistencia. Y de 07 a 17 horas, en la sede central de Caja Municipal de Resistencia y la Dirección Registro de Conducir.
Acciones que se desarrollarán con la aplicación de las medidas de prevención y seguridad sanitarias establecidas por protocolo para evitar el contagio y propagación del coronavirus.
SOBRE OBRAS PRIVADAS Y PERMISOS DE CONSTRUCCIÓN
Mediante esta resolución, el Municipio autoriza también el reinicio de la ejecución de obras privadas, a la fecha interrumpidas por la aplicación de las normas dictadas a consecuencia de la emergencia sanitaria. Y el permiso del derecho de construcción de obras privadas, respecto de aquellos comitentes y propietarios que hayan presentado los planos respectivos y cuyos derechos de construcción se encuentren en proceso de liquidación.