Prohibieron la comercialización de una marca de alcohol etílico y dos en gel

Nacionales

Tal como lo viene haciendo en las últimas semanas, la ANMAT desautorizó la venta de algunos de estos productos esenciales para combatir al coronavirus.


En medio del aislamiento o distanciamiento social, dependiendo de cada distrito, y tal como viene haciendo en las últimas semanas, la Administración Nacional de Alimentos, Medicamentos y Tecnología Médica prohibió este jueves la comercialización de más marcas de alcohol etílico y en gel, dos de los insumos básicos para hacerle frente a la pandemia de coronavirus. Además, en otras disposiciones publicadas este jueves en el Boletín Oficial, la entidad vetó otros productos médicos y un aceite de oliva.

La Disposición 4113/2020 fijó la prohibición del “uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional, de todos los lotes y todas las presentaciones y contenidos netos, de los productos rotulados como EL COLOSO Alcohol etílico 96º y EL COLOSO Alcohol en gel».

En las razones expuestas en los considerandos se señaló: “La empresa DESCARTABLES CAROMAR S.A. reportó, a través del formulario de Cosmetovigilancia, que detectó la comercialización por la web de un producto cosmético ilegal usurpando su marca comercial y que dicho producto fue anunciado en el portal Marktplace de Facebook como alcohol en gel con el siguiente rótulo identificatorio: EL COLOSO Alcohol etílico 96º, cuya consistencia es gel”.

Por otra parte, la Disposición 4119/2020 determinó la prohibición del “uso y la comercialización en todo el territorio nacional, de todos los lotes, en todas sus presentaciones y contenidos netos del producto rotulado como: ATOMO alcohol en gel- Ind. Argentina- Resol. Nº 337/92- Nº de Registro sanitario A.N.C.A.P.: 225/1381”.

Entre los justificativos se argumentó: “La denuncia realizada ante el Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud por la empresa LABORATORIOS IMVI SOCIEDAD ANÓNIMA, titular de diversos productos cosméticos inscriptos bajo la marca ATOMO manifestó haber detectado en el canal comercial Mercado Libre la venta de un producto denominado ATOMO ALCOHOL EN GEL, el cual hace uso de su marca registrada Atomo, sin autorización, ni permiso, ni solicitud o pedido por parte de LABORATORIOS IMVI S.A.; además agregan en la denuncia que no fabrican ese tipo de producto y que no tienen ningún tipo de relación con la empresa que lo elaboró”.

Por otra parte, la Disposición 4118/2020 estableció la prohibición de “la comercialización en todo el territorio nacional de los productos rotulados como: “Eph 50 lose weight, Dietary Suplement, 90 Caps, KN Nutrition”, «Eph 50 lose weight, Dietary Suplement, 60 Caps, KN Nutrtion” y “Eph 100 lose weight, Dietary Suplement, 60 Caps, KN Nutrition”.

Por último y más allá de lo relacionado a insumos médicos, la Disposición 4112/2020 determinó la prohibición de “la comercialización en todo el territorio nacional del producto rotulado como: Aceite de Oliva Los Olivos, Establecimiento N° 13431962, Provincia de la Rioja, RNE 2212-164394-29, RNPA 2212-6112-44”.

En las razones expuestas se afirmó que, ante la consulta de un consumidor acerca del producto, el Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos dependiente del Instituto Nacional de Alimentos verificó que el RNE y el RNPA “eran inexistentes”.