La Legislatura chaqueña, aprobó este viernes en sesión extraordinaria, un proyecto de ley que establece que los locales comerciales deberán implementar en forma obligatoria la instalación de lavamanos y dispensadores de alcohol en gel o gel antibacterial.
La medida incluye a todos los locales con atención al público de la Provincia del Chaco, organismo u oficina de la Administración Pública centralizada o descentralizada y organismos autárquicos, Poder Legislativo, Poder Judicial, se incluyen también los establecimientos educativos públicos y privados en todos sus niveles.
Será el Ministerio de Salud quien esté a cargo de aplicarlo y tanto el lavamanos como los dispensadores antibacteriales deberán estar ubicados en un lugar visible y de fácil acceso y serán ofrecidos de manera gratuita.
Quienes incumplan la medida, podrían ser sancionados mediante apercibimiento; multa por un valor de entre 100 y 500 litros de nafta
de mayor octanaje; o bien la clausura temporal de hasta 15 días.
El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley en el término de noventa (90) días, a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.