Locales, organismos y oficinas con atención al público, deberán instalar lavamanos y dispensadores de alcohol

Sociedad

La Legislatura chaqueña, aprobó este viernes en sesión extraordinaria, un proyecto de ley que establece que los locales comerciales deberán implementar en forma obligatoria la instalación de lavamanos y dispensadores de alcohol en gel o gel antibacterial.

La medida incluye a todos los locales con atención al público de la Provincia del Chaco, organismo u oficina de la Administración Pública centralizada o descentralizada y organismos autárquicos, Poder Legislativo, Poder Judicial, se incluyen también los establecimientos educativos públicos y privados en todos sus niveles.

Será el Ministerio de Salud quien esté a cargo de aplicarlo y tanto el lavamanos como los dispensadores  antibacteriales deberán estar ubicados en un lugar visible y de fácil acceso y serán ofrecidos de manera gratuita.

Quienes incumplan la medida, podrían ser sancionados mediante apercibimiento; multa por un valor de entre 100 y 500 litros de nafta
de mayor octanaje; o bien la clausura temporal de hasta 15 días.

El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley en el término de noventa (90) días, a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.