Las siguientes medidas regirán a partir de este sábado 25 de julio y se mantendrán vigentes durante todas las fases del plan de desescalada.
Como tópicos centrales se establecerá:
- el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio;
- la Verificación del cumplimiento de los parámetros epidemiológicos y sanitarios;
- el Monitoreo de la evolución epidemiológica y de las condiciones sanitarias,
- la Autorización restringida del uso del transporte público Interurbano e interjurisdiccional
- se mantendrá el licenciamiento obligatorio para personas mayores de 60 años y aquellos que pertenezcan a grupos de riesgo, lo que significa que deben evitar concurrir en forma presencial a los lugares de trabajo, implementándose cuando resulte factible en estos casos modalidades de teletrabajo o aquellas que establezca la autoridad pertinente.
- personas mayores de 60 años y aquellos que pertenezcan a grupos de riesgo no podrán visitar ni ingresar a espacios comunes, como galerías de comercios.
También seguirá rigiendo la suspensión de clases presenciales, por lo que continuará el dictado de clases bajo la modalidad de plataforma educativa virtual (ELE). Sin embargo, se evaluarán las posibles fechas y mecanismos de reinicio.
En cuanto a todas las actividades económicas, industriales, comerciales o de servicios que se realicen, sólo podrán hacerlo en tanto posean un protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad sanitaria provincial. A tal efecto, algunas pautas generales son:
- poner a disposición del público alcohol en gel o sanitizante en accesos;
- será obligatorio para las personas ingresar al local con barbijo,
- sin acompañantes y evitando aglomeraciones;
- los establecimientos deberán sanitizar las bolsas y envoltorios previos a su entrega;
- y, con indicaciones en sus entradas, no podrán dejar ingresar más de 4 personas a la vez.
En cuanto a los cuidados del personal, se recomienda adecuar turnos rotativos de grupos de trabajo (se sugiere un esquema de horario diferenciado para ingresos y egresos); respetar siempre la distancia de al menos 2 metros entre personas; uso de barbijo obligatorio; limpieza húmeda y constante de mostradores (se prohíbe el uso de plumeros o elementos que movilicen el polvo ambiental); deberá contar con personal ambulante a los fines de supervisar el distanciamiento y el uso de barbijo obligatorio; y se deberá instrumentar el control de temperatura de los clientes y trabajadores previos a la entrada al establecimiento comercial. Por último, la autoridad provincial exigirá la presentación de declaración jurada de compromiso de cumplimiento de protocolo de bioseguridad a cada comerciante.
Para la asignación de los grupos de trabajo, en la primera fase, se podrá tener en cuenta, como primera variable, al personal que viva con mayor proximidad a las dependencias o que se traslade en algún medio de movilidad propio, evitando así exponer a los agentes convocados al uso del transporte público y su exposición en aglomerados de personas. Cada equipo deberá garantizar la prestación del servicio, por lo que deben conformarse según ese criterio. Mientras un equipo asiste de manera presencial, el segundo equipo trabaja de manera remota.
En los espacios comunes de oficinas y departamentos, se utilizarán ascensores al 50% de su capacidad, evitando hablar durante el trayecto; se priorizará el uso de la escalera, de ser posible, sin tocar barandales o paredes; se deben ventilar todas las áreas y desinfectar las superficies de contacto como micrófonos, picaportes, dispenser de agua, etcétera; queda prohibido compartir utensilios o elementos de oficina; se recomienda mantener los cestos de basura sin tapa, para evitar el contacto de manos frecuentes; y limitar la capacidad de salones en caso de reuniones que no puedan realizarse por medios virtuales.
Cada trabajador, comerciante o agente, cualquiera sea su situación, deberá adherir de manera obligatoria a lo mencionado en los párrafos anteriores, guardando la administración el derecho de aplicar las sanciones disciplinarias que correspondan, ante incumplimiento.
ACTIVIDADES HABILITADAS EN LA FASE 1
En cuanto a la Fase 1 del plan de desescalada, que iría desde el 25 de julio hasta el 7 de agosto inclusive (si no crece la curva de contagios), las actividades permitidas son las siguientes:
- Las salidas de paseo o recreativas se habilitan sólo para personas entre 15 a 60 años de edad que no integren grupos de riesgo. Se efectuarán en un radio o distancia que no supere los 1000 metros del domicilio de cada persona.
- las salidas de niñas, niños y adolescentes se habilitan con acompañamiento permanente de un adulto, en el horario de 16 a 19 en igual radio, distancia, parámetros y restricciones que las establecidas para paseos
- Las actividades físicas y deportivas se habilitarán sólo para entrenamiento individual para personas entre 15 y 60 años de edad que no integren grupos de riesgo, en espacios al aire libre. Los municipios habilitarán las zonas para realizarlas en cada localidad, con días y horarios.
- En relación a la administración pública, se mantiene la suspensión de términos y plazos administrativos. Los mayores de 60 años o pertenecientes a grupos de riesgo estarán licenciados y las y los trabajadores de todas las áreas de la administración pública deberán concurrir sin superar el treinta por ciento (30 %) del total de agentes propiciando a su vez la prestación laboral efectiva de forma remota o a distancia a través de teletrabajo, la implementación de turnos y/u horarios rotativos.
- Los locales y establecimientos comerciales podrán funcionar de lunes a sábado entre las 8 y las 20. Deberán respetar las medidas generales de higiene, distanciamiento y atención con horarios diferenciados. El horario de atención a adultos mayores de 60 años y grupos de riesgo será de 8 a 9 horas y para las demás personas, de 9 a 20 horas, con asignación y uso de turnos. En este grupo, los locales de indumentaria no tendrán permitido el uso de probadores de vestimenta.
- Las galerías comerciales estarán habilitadas de lunes a sábados de 8 a 20, respetando medidas generales de higiene, distanciamiento, superficies reducidas y horarios diferenciados.
- Los locales de gastronomía en galerías o centros, sólo podrá funcionar bajo la modalidad de entregas para llevar y/o de reparto a domicilio. No están habilitados los patios de comida, salas de cines, salones de eventos, peloteros infantiles y/o salones de juegos.
- Las actividades gastronómicas como restaurantes y bares continuarán trabajando bajo la modalidad de entregas para llevar y/o de reparto a domicilio.
- Los gimnasios estarán habilitados exclusivamente para personas que lo requieran por prescripción médica en el horario de 9 a 18 horas. Deberá utilizarse la plataforma de turnos y permiso de circulación.
- los Centros Terapéuticos estarán habilitados mediante sistema de turnos reducidos. Se permitirá el acompañamiento de un familiar por paciente, priorizando la atención de aquellos que no pertenezcan a la población de riesgo.
- Las actividades de pesca deportiva, de costa y de embarcación menor, se habilitarán a partir del primer fin de semana de agosto, todos los fines de semana y días feriados. Las personas deberán contar con permiso de circulación.
- Las y los trabajadoras de casas particulares, estarán habilitados de lunes a viernes, con traslado permitido entre las 8 y las 18 horas.
- Las Iglesias, cultos y salones de ejercicio espiritual estarán habilitados para oración en forma individual, respetando protocolos y el distanciamiento, con asignación de turnos y en horarios de 8 a 18 horas.
- los servicios fúnebres estarán habilitados por un período máximo de una hora, solo permitiéndose el acompañamiento de familiares, con capacidad de ocupación reducida al 50% los espacios y bajo protocolos de bioseguridad
- En relación a las actividades turísticas o vinculadas al turismo, se habilitarán las agencias de turismo para venta y reservas de 8 a 16 horas.
- Los establecimientos rurales o de turismo rural y actividades de turismo en general, estarán habilitados los fines de semana, con asignación de turnos.
- Los centros de pago de servicios atenderán por turnos programados en el horario de 08:00 a 20:00, de lunes a viernes. Deberán generar turnos a través de la plataforma Tu Gobierno Digital (gobiernodigital.chaco.gob.ar) y deberán evitar la generación de filas en el exterior del centro de pago.
- Los fletes, taxifletes y servicios de mudanzas estarán habilitados de lunes a viernes en el horario de 10 a 18 horas y sólo podrán efectuar traslados dentro de la localidad del domicilio real del responsable de los servicios.
- Las peluquerías, barberías y afines, estarán habilitadas con sistema de turnos programados, de lunes a sábado de 8 a 20 horas. Se permitirá un máximo de 3 personas por turno. No se permitirá la atención ni asignación de turnos a personas incluidas dentro del denominado grupo de riesgo.
- Los servicios y actividades profesionales estarán habilitados con sistema de turnos de atención de 8 a 18 horas, evitando salas de espera o aglomeración de personas y respetando protocolos vigentes en materia de bioseguridad.
- Los oficios y emprendimientos independientes o familiares y aquellos relacionados con obras de construcción, estarán habilitados de lunes a sábado de las 8 a 18 horas con asignación de turnos.
- Los hoteles, moteles, alojamientos, residenciales, funcionarán sólo para alojamiento de personal de la salud afectados a la emergencia, por encontrarse habilitados como centros de aislamiento extra hospitalario de casos sospechosos o confirmados de Covid-19, o alojamiento de personas que deban efectuar aislamiento por haber ingresado a la provincia.