Chaco adhirió al Decreto Nacional de suspensión temporaria del corte suministros en servicios esenciales

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El Poder Legislativo del Chaco, por medio de la ley 3266-I aprobó la adhesión de la provincia del Chaco al Decreto del Poder Ejecutivo Nacional 311/2020, prorrogado por Decreto 756/2020 que dispone, entre otras medidas, la suspensión temporaria del corte de suministro de servicios esenciales tales como la energía eléctrica, agua corriente, gas por redes, telefonía fija y móvil e Internet y televisión por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, entre otros, en el marco de la emergencia sanitaria.

Promovida por las legisladoras Teresa Cubells y Gladis Cristaldo, esta ley será de aplicación obligatoria para las empresas prestadoras de servicios que desarrollen su actividad en todo el territorio provincial y que se hallen circunscritas en las prescripciones dispuestas en el decreto mencionado.

Establece que las disposiciones ratificadas por esta adhesión tendrán vigencia desde la publicación de la presente ley y hasta la finalización de los plazos correspondientes al decreto del Poder Ejecutivo Nacional 311/2020 y aquellos que lo modifiquen y/o lo sustituyan.

Dispone, además que será Autoridad de Aplicación de la presente ley el Ministerio de Producción, Industria y Empleo, Subsecretaría de Comercio Exterior y Defensa de la Competencia, con facultad para dictar normas aclaratorias y complementarias en caso de que la situación de emergencia sanitaria y las consecuencias derivadas de ella así lo requieran, debiendo asimismo instrumentar mecanismos para adecuada difusión e información de las Decretos, la recepción de reclamos y/o denuncias y procedimientos de resolución de las mismas.

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