La justicia deberá volver a intervenir ante ordenanzas sancionadas por el Concejo de Resistencia

Politica

Tal cual sucedió tiempo atrás con la ordenanza del «Impuestazo» 2020 (que resultó en un duro revés para la gestión de Gustavo Martínez), la justicia provincial deberá volver a tomar cartas en el asunto tras una denuncia presentada por ediles de la oposición.

Las y los concejales que evitaron un segundo “impuestazo” en Resistencia, acudieron finalmente a la Justicia, y además de presentaron un recurso administrativo para que el Presidente del Concejo reconsidere la interpretación de dar por aprobada dos ordenanzas que no cumplen la legalidad vigente, a tal punto que de los pasos del procedimiento legislativo establecido en el Reglamento del Concejo, no dieron cumplimiento a ninguno.

Las y los ediles avanzaron con el pedido de “nulidad e inconstitucionalidad” de las dos ordenanzas y una “denuncia penal” para que se investigue y resuelva la responsabilidad del concejal, así como de las autoridades, en la posible participación en tres sesiones del cuerpo con infección activa de Covid-19, son las dos causas cuyo procedimiento dieron inicio desde cinco bancas de las once que componen el cuerpo de legisladoras y legisladores locales.

Nulidad del “Presupuesto 2021” y de la “Tributaria e Impositiva 2021”

Al respecto, en un comunicado los ediles detallaron que «No fueron menores los avances logrados durante el proceso legislativo previo a la Sesión del 22 de diciembre, cuando se votó por primera – pero no por única vez – el alcance y valor de los tributos municipales para el año 2021».

«El punto de partida fue el proyecto que envió el Intendente Gustavo Martínez, quien pretendía que el Concejo avale un aumento promedio del 45% para el año 2021 a regir apenas tres meses después de consolidar un incremento promedio del 80% para su primer año de gestión, último resultado que buscó luego de la muy justificada, nulidad e inconstitucionalidad del “impuestazo”, que llegó a generar aumentos superiores al 300% de un minuto a otro».

«Pudo la negativa de las y los concejales Teresa Celada, Carla Cantero, Alicia Frias, Carlos Salom y Fabricio Bolatti, impedir la sanción de la norma que avale una decisión confiscatoria, que impacta agravando uno de los peores momentos en que vive la ciudad, en los últimos 30 años mínimo, mostrando como foto de ello la mitad de los comercios cerrados o en liquidación, y la destrucción de miles de fuentes de trabajo directamente».

«En esa Sesión, cuando se puso a “consideración” y se expresaron las y los legisladores, mostrando un resultado poco esperado para algunos, debe reconocerse que primó la responsabilidad e institucionalidad en quienes cumplen el rol y deben garantizar el funcionamiento del Departamento Legislativo Municipal. El Presidente del Concejo, junto a la Secretaria legislativa, certificaron que el resultado de una votación de seis (6) votos a favor y cinco (5) en contra, no es suficiente voluntad para dar por aprobada una nueva ordenanza tributaria que incremente el aporte de los contribuyentes, lo que generó su pedido de reconsideración, y que permitamos su vuelta al temario y nueva evaluación a efectos de que podamos consensuar una norma que permita sostener el Estado Municipal, sin llegar a la irracionalidad».

«Sin embargo, en las sesiones del 29 y 30 de diciembre pasado, los pasos del proceso legislativo no se llevaron a cabo dentro de la legalidad ni se respetó la Carta Orgánica de la ciudad».

 

Irregularidades en la sanción de las ordenanzas

de Presupuesto y prórroga tributaria

· Sobre la prórroga de la Tributaria, se hizo aparecer un despacho de comisión de Hacienda y Presupuesto, sin que se haya convocado ni realizado reunión de comisión alguna, ni que sea avalado por todas y todos sus integrantes. Sin despacho no se podría haber tratado la iniciativa.

· Se obvió o esquivó el necesario paso de dar ingreso, reserva y habilitar el tratamiento del despacho “aparecido”, lo que requiere el voto de las dos terceras (2/3) partes de las y los concejales presentes.

· En el caso de ambas ordenanzas se pasó directamente a la votación, sin permitir el uso previo de la palabra. Directamente se dio por aprobada y sancionada la ordenanza, para luego dar la palabra restringida a un solo edil, a quien intimaban a terminar, cuando el Reglamento establece en su artículo 95 que “cada uno de los integrantes hable tantas veces como crea conveniente hacerlo”.

· En ambos casos se realizó sólo la votación en general, no cumpliéndose con lo establecido en el Reglamento (art. 98 a 103), que define sancionada una norma, cuando finaliza el tratamiento y aprobación en particular, del último artículo (art 103).

· En ambos casos, el resultado de las votaciones no alcanzó la mayoría especial de votos, o procedimiento especial establecido al efecto, ya que tanto para la aprobación del Presupuesto Gral. como la Tributaria e Impositiva, requieren de la aprobación de las dos terceras partes del cuerpo (se requiere 8 votos y obtuvieron 6), o como lo establece la Carta Orgánica, por “doble lectura”.

· Finalmente, tampoco se realizó su tratamiento y aprobación en particular, impidiendo garantizar su análisis, debate y aprobación de cada uno de los artículos que tiene el proyecto, pudiendo modificarse o hacerse propuestas.

 

Conclusión

Si tenemos en cuenta que no se cumplió lo establecido en la Carta Orgánica, donde la Intendencia debe presentar el proyecto de Presupuesto y la Tributaria para el año siguiente antes del 31 de octubre; que vencido el plazo se pidió una prórroga de 15 días, la que fue otorgada, pero que a su final tampoco estaba cumplida la obligación institucional; que se detallan en el título anterior los pasos formales que debe tener cumplimentado el proceso legislativo de la sanción de una ordenanza, donde se expresan también las particularidades para ambos casos; y que además durante las tres últimas sesiones se expuso al personal, colaboradores, vecinas y vecinos, concejales y concejalas que participaron en las mismas, al posible riesgo de contagio de coronavirus por la presencia de un concejal infectado, podemos decir que:

*Quienes conducen la Municipalidad, junto a quienes votan a favor su accionar legislativo, no han hecho ni siquiera un sólo paso formal ni institucional de manera correcta ni legal en la sanción irregular de estas dos ordenanzas, ya que cada uno de los avances establecidos para ello en la Carta Orgánica y el Reglamento, han sido incumplidos de forma “clara y demostrable”. Lo que expone nuevamente la forma de imponer un criterio autoritario, que se está generalizando en la vida diaria de la Municipalidad de Resistencia

Creemos saber que ese no es el camino y que no podemos sacrificar las instituciones, ni manosear nuestras normas, por intereses individuales o sectoriales que se imponen a la prosperidad de nuestra comunidad.

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.