La Justicia provincial retoma sus actividades este lunes

Sociedad

Luego de la culminación de la feria de verano, el Poder Judicial del Chaco retomará su actividad el lunes 1 de febrero. Tal lo dispuesto en la resolución 19/21 del Superior Tribunal de Justicia, el horario de funcionamiento en el turno matutino será de 7.30 a 12.30 y, en el vespertino, de 15 a 19. Asimismo continuarán vigentes los lineamientos establecidos en la resolución 413/2020 y sus ampliatorias: 504/2020 y 958/2020.

La decisión fue en respuesta a un pedido formulado por la Asociación de Magistrados y Funcionarios Judiciales del Chaco, el Sindicatos de Empleados Judiciales del Chaco, la Unión de Trabajadores Judiciales del Chaco, la Asociación de Empelados Judiciales del Chaco y el Sindicato de Empleados Jerárquicos y Jerarquizados del Poder Judicial del Chaco, para que se reconsidere y reformule el cambio de horario dispuesto por la resolución Nº 1191/2020.

En tal sentido, el STJ señaló que en virtud del “contexto sanitario en la provincia del Chaco, vigente al dictado del presente instrumento, resultan razonables los argumentos expresados por los representantes de los agentes judiciales, por lo que procede arbitrar las medidas para readecuar el horario de prestación de funciones judiciales sin que se menoscabe el funcionamiento del Poder Judicial”.

Por su parte, el juez Alberto Mario Modi señaló: «si bien ratifico en todos sus términos mi disidencia de la Resolución Nº 413/2020 (reiterada en Resoluciones Nº549, 643, 654 y 958/2020), lo cierto es que lo que aquí se resuelve, como ya lo dijera en Resolución 1191/2020, no altera los argumentos allí vertidos».

Trabajo presencial, excepto grupo de riesgo
El 12 de noviembre del año pasado, en la resolución 958/2020, por mayoría conformada por la jueza Iride Isabel María Grillo, el juez Rolando Ignacio Toledo y la jueza Emilia María Valle, con la disidencia del juez Alberto Mario Modi, dispuso que en todos los organismos judiciales de la provincia trabajen en forma presencial la totalidad de agentes que no formen parte del grupo de riesgo. En tanto que quienes sí los integren deben prestar funciones a distancia o de manera remota.

Además, recomendó que se garantice y respete el distanciamiento social, evitar concentraciones de personas dentro de las dependencias y restringir el alcance de los contactos estrechos entre agentes y el desdoblamiento del trabajo presencial en turnos matutino y vespertino.

También, mediante la resolución en cuestión, el STJ recordó el cumplimiento estricto de las medidas de bioseguridad enunciadas en la Guía de Buenas Prácticas en Bioseguridad (Coronavirus) para el Poder Judicial del Chaco; especialmente el uso de barbijo o tapaboca, lavado frecuente de manos y distanciamiento social.

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