Diputados impulsan una ley que multa a quien disponga, permita, promueva o facilite el acceso a la vacuna 

Politica


Diputados de la UCR, con Livio Gutiérrez encabezando la iniciativa, impulsan un proyecto de ley que establece la obligatoriedad de publicar periódicamente la nómina completa de personas que hayan recibido la aplicación de vacunas contra COVID19. De sancionarse, también dispone de una multa de $500 mil para quien no respete las prioridades.

La iniciativa legislativa, que lleva las firmas de Livio Gutiérrez, Débora Cardozo, Alicia Azula, Carim Peche y Carina Batalla, establece que además de la publicación periódica de la nómina de vacunados, deberá publicarse la razón por la que se justificó la prioridad estratégica como, además, los listados de las personas incorporadas en ordenes de prioridad para ser vacunadas, razones y previsión de tiempo de aplicación.

La tarea quedará a cargo del Ministerio de Salud Pública a través del organismo que se considere pertinente.

Incorporan como artículo 65 bis de la Ley 850-J el siguiente texto: “El que disponga, permita, promueva y/o facilite el acceso a la aplicación de la vacuna contra COVID-19 sin respetar el orden de prioridad dispuesto por el Plan Estratégico para la Vacunación contra Covid-19 en la provincia del Chaco, tendrá una pena de multa de pesos quinientos mil ($ 500.000) siendo solidariamente responsables agentes públicos o privados, establecimientos públicos o privados y /o sus autoridades. Sin perjuicio de ello, se iniciará la acción penal correspondiente”.

Entre los fundamentos, sostienen que “días pasados fue noticia en los medios periodísticos nacionales y locales el escándalo por la existencia de los denominados “vacunatorios VIP” establecidos por del Ministerio de Salud de la Nación. A través de ellos se aplicaron las vacunas contra el coronavirus a ciudadanos que no integraban los grupos prioritarios, “incumpliendo el protocolo establecido en la Resolución ministerial N° 2883/2020 “Plan estratégico para la vacunación contra la Covid-19 en la República Argentina”.

Señalan que “del mismo modo, en la provincia del Chaco se ha publicado en distintos medios de comunicación la vacunación a personas que no forman parte de los grupos prioritarios establecidos por las autoridades sanitarias nacionales. Es por eso que consideramos fundamental y necesario transparentar todo el proceso vacunatorio mediante la publicación diaria actualizada de quienes han accedido a la aplicación de la vacuna contra COVID-19”.

“Asimismo, proponemos a través de esta iniciativa la incorporación en el Código de Faltas de la provincia, Ley 850-J, un artículo mediante el cual se sancione con una multa para quien “…disponga, permita, promueva y/o facilite el acceso a la aplicación de la vacuna contra COVID-19 sin respetar el orden de prioridad dispuesto por el Plan Estratégico para la Vacunación contra Covid-19…”. Dejando claro, a su vez, que sin perjuicio de ello se podrá iniciar la acción penal correspondiente”.

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