El ex secretario general, condenado a siete años de prisión, sigue vinculado al proceso en la justicia provincial y continúa privado de su libertad a raíz de la causa que aborda la Justicia Federal.
La Cámara en lo Criminal Nº 3 de Resistencia informa que la libertad del condenado Horacio Rey en la causa 6.309/2018-1 es una disposición prevista en el inciso 3 del artículo 291 del Código Procesal Penal del Chaco aplicable a toda persona que, transcurridos un máximo de tres años de prisión, aún no tenga condena firme.
En tal sentido, el tribunal resolvió de esta manera, puesto que estaban vencidas todas las prórrogas legales que sostenían la prisión de Rey. Además, seguirá sujeto a reglas de conducta y bajo el control del tribunal hasta que quede firme la sentencia por parte del Superior Tribunal de Justicia, en virtud del requisito del doble conforme judicial.
Asimismo, Rey permanece vinculado al proceso en la justicia provincial y continúa privado de su libertad a raíz de la causa que se tramita ante la justicia federal.
Recuento de la causa
La Cámara recibió el expediente “Rey, Héctor Horacio; Buttice, Paulo Andrés; Katavich, Gustavo Alejandro; Fernández, Susana Beatriz; Fernández, Ismael Ángel s/ violación de los deberes de funcionario público en concurso” en marzo del 2020 con prisiones domiciliaras concedidas en otras instancias del proceso y, menos de un año después (incluyendo el período de ASPO y DISPO), el tribunal conformado por Ernesto Azcona, María Virginia Ise y Cristina Pisarello finalizó el debate oral y público, en una causa de gran complejidad, pronunciando una sentencia condenatoria de prisión efectiva a dos de los imputados: siete años para Rey y cinco para Katavich; resolución que aún no se encuentra firme.
El tribunal se limita a aplicar imparcialmente la ley y está sometido a posibles sanciones o denuncias ante el incumplimiento de este mandato.