La jueza Civil y Comercial Nº 13, Claudia Canosa, desestimó la medida de amparo presentada para declarar la inconstitucional la Ley de la Interrupción Volutaria del Embarazo en el Chaco. De este modo, la ley Nº 27.610 sancionada en diciembre en el Congreso tiene plena vigencia en la provincia.
Vale resaltar que meses atrás, la jueza Civil y Comercial Nº 19, Aucar de Trotti, había hecho lugar a una medida cautelar para declarar inconstitucional la ley, sin embargo, tras la apelación interpuesta por movimientos que defienden los derechos de la mujer, la Sala Primera de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial dejó sin efecto dicha medida.
Ahora, con esta nueva sentencia judicial, la medida sancionada en diciembre en el Congreso de la Nación continúa teniendo plena vigencia en la provincia.
Según la magistrada Canosa, quienes presentaron el recurso de amparo «resultan no ser sujetos habilitados para interponer este tipo de acción colectiva. La legitimación activa se encuentra estrictamente vinculada al concepto de interés. Quien intente la acción debe probar tener un interés particular, concreto y directo».