El Ministerio de Salud Pública de la Provincia informa que, a través del Decreto N° 810 del 8 de abril firmado por el gobernador Jorge Capitanich, las trabajadoras y los trabajadores de la cartera, como de otras jurisdicciones, mayores de 60 años o pertenecientes a grupos de riesgo que hayan recibido la primera dosis contra el Covid-19 y hayan transcurrido 14 días desde entonces, podrán ser convocados a realizar tareas de manera presencial.
En el artículo 3 de esta normativa, además se determina que a efectos de minimizar factores de circulación viral y posibilidades de contraer la enfermedad, las autoridades de cada jurisdicción deberán establecer y organizar planteles de trabajo con modalidades de teletrabajo, turnos rotativos y turnos alternados, asegurando que la actividad presencial no supere el 50% del total de cada área, oficina o repartición.
Quedan exceptuados de esta medida personas con inmunodeficiencia congénita, asplenia funcional o anatómica, desnutrición grave, VIH, personas con medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis. Además, pacientes oncológicos y trasplantados (de este punto se especifican detalles en el documento oficial).