En el nuevo decreto provincial, se establece la continuidad de algunas de las restricciones ya vigentes y la implementación de otras nuevas para la apertura gradual actividades específicas.
Estas son las medidas de restricción sanitaria dispuestas por Decreto provincial N° 1176/2021 que estarán vigentes desde el 31 de mayo al 9 de junio próximo. Se busca así disminuir la circulación de personas para evitar los contagios en el marco de la pandemia.
- se habilita el transporte público de pasajeros con una ocupación máxima del 50 por ciento de la capacidad de cada vehículo
- las clases presenciales continuarán suspendidas.
- Circulación: sólo en las cercanías del domicilio, entre las 6 y las 22 horas, o para el cumplimiento de las actividades permitidas.
- Se suspenden además todo tipo de eventos o reuniones al aire libre y en espacios cerrados
- se reforzarán los controles en la ciudad solicitando el uso del Pasaporte Chaco
- Se permitirá en forma reducida, la actividad en gimnasios, clubes y restaurantes bajo estrictos protocolos
- Para circular se necesita contar con Pasaporte Chaco, que reemplaza a los permisos y puede tramitarse en https://pasaporte.chaco.gob.ar/.
- Las reuniones sociales continúan suspendidas en espacios al aire libre y en espacios cerrados, incluyendo domicilios particulares bajo cualquier modalidad o motivo, exceptuándose la asistencia de personas que requieran especiales cuidados y las sesiones desarrolladas en los ámbitos laborales e institucionales en la esfera de los tres poderes del Estado.
- Habrá multas por reuniones sociales o fiestas clandestinas. Las empresas del Estado provincial prestadoras de servicios públicos podrán interrumpir el servicio en los casos de incumplimiento de las medidas restrictivas, siempre y cuando se observen irregularidades en la conexión. La reconexión del mismo implicará la acreditación previa del cumplimiento de las sanciones y/o multas aplicadas conforme el caso en particular.
- Las clases presenciales siguen suspendidas hasta el 9 de junio en todas las modalidades y niveles educativos. Las y los docentes de la provincia deberán dar continuidad al desarrollo curricular a través del dictado de clases de manera digital a través de la plataforma ELE.
- Los establecimientos educativos deberán conservar una guardia mínima, garantizando el acceso a los dispositivos electrónicos y la conectividad. Los docentes que no posean medios digitales conectados y deban cumplir su jornada laboral de manera remota, deberán asistir al establecimiento educativo, usando las herramientas allí disponibles.
- Se reactiva el transporte público de pasajeros urbano e interurbano, la capacidad de ocupación habilitada será del 50% de cada unidad vehicular de pasajeros sentados. No estará permitido el traslado de pasajeros parados. Es obligatorio el uso de barbijos y contar con el Pasaporte Chaco. El horario en el cual se realizará la prestación del servicio será de 06 a 21.Los locales comerciales podrán abrir de 8 a 21 horas. Las actividades no esenciales sólo podrán mantener abiertos los locales bajo la modalidad de delivery y/o retiro del local sin permanencia de clientes en el mismo. El funcionamiento de actividades y locales comerciales esenciales para abastecimiento estará habilitado de 8 a 21 con estricta reducción de aforo al 30 por ciento de la superficie disponible de cada espacio.
- Restaurantes y bares podrán funcionar de 8 a 22 horas con disposición de mesas y sillas para atención al aire libre, en grupos reducidos y bajo cumplimiento de medidas de distanciamiento y protocolos de bioseguridad vigentes. A partir de las 22 y hasta las 24 podrán funcionar solamente a través de la modalidad de entrega domicilio (delivery) y/o para llevar (take away).
- Se abrirán gimnasios, academias para entrenamiento individual los lunes, miércoles y viernes de 6 a 18, con cumplimiento de la capacidad autorizada por los respectivos protocolos vigentes.
- Los clubes podrán funcionar en el mismo horario para el desarrollo de entrenamientos físicos y/o de disciplinas deportivas individuales sin compartir elementos.
- A nivel general, no se encuentra permitida la práctica deportiva grupal y/o de contacto, en espacios cerrados y/o al aire libre, el desarrollo de actividades con presencia de público y el desarrollo de partidos, torneos o competencias, sean éstas federadas, profesionales y/o amateur.
- Habrá misas, cultos y celebraciones religiosas estarán permitidas en espacios al aire libre con actividades que no superen las dos horas de duración y con estricta reducción de aforo al 30% de la superficie disponible de cada espacio. En ningún caso, la reunión religiosa podrá exceder de 100 personas.
- Sigue suspendida la actividad en peloteros y/o espacios de recreación infantil
- También se suspende el desarrollo y ejecución de obras privadas vinculadas a la construcción y afines en superficies mayores a los 2500 m2 o que involucren a más de cincuenta trabajadores obreros. Se encuentran excluidas las obras menores a dichas cifras y la obra pública. Se suspende la actividad en casinos, cines, teatros y auditorios.
- En el rubro turístico, no se encuentra permitido el desarrollo de viajes y/o tours de egresados o contingentes que impliquenpersonas mayores de 60 años o integrantes de grupos de riesgo.
- Los micros de media y larga distancia se habilitan. Los servicios de micros de media y larga distancia, y servicios puerta a puerta de jurisdicción provincial retoman sus frecuencias habituales, siendo obligatorio que los pasajeros cuenten con el Pasaporte Chaco y el uso de barbijos/tapabocas durante todo el viaje. Asimismo, la capacidad de ocupación habilitada será del 60% de cada unidad vehicular de pasajeros sentados y tampoco estará permitido el traslado de pasajeros parados.
- También se encuentra habilitado el funcionamiento del transporte logístico, de caudales y de abastecimiento esencial.
- La actividad agropecuaria, forestal e industrial estará permitida en el horario de 6 a 21 y la actividad bancaria dentro del horario permitido para circulación y a través de la asignación de turnos.
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Los jardines de infantes y guarderías podrán funcionar, al igual que las agencias y sub-agencias de Lotería en horario de 7 a 20:30, con estrictos protocolos para atención.
- En el caso de la Administración Pública Provincial, se dispone la suspensión de términos y plazos administrativos. Los servicios considerados esenciales deberán ser cumplidos con guardias mínimas y/o grupos reducidos de planteles de trabajadores en cada jornada.
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Se ratifican todas las medidas que propicien la realización de trabajo remoto en todas aquellas áreas y/o actividades que así lo permitan y se garantizará la provisión del servicio tal como se efectúa habitualmente en áreas imprescindibles del Ministerio de Salud Pública, de la Policía de la Provincia del Chaco, del Servicio Penitenciario Provincial, y del Instituto de la Seguridad Social, Seguros y Prestamos (InSSSep) debido a la específica labor que desarrollan.
¿Cuáles son las actividades esenciales?
Se consideran esenciales las siguientes actividades:
a- Abastecimiento de combustible en sus diferentes etapas de acopio y comercialización.
b- Fabricación, procesamiento, distribución de productos alimenticios y bebibles.
c- Fabricación, procesamiento, distribución y comercialización de productos de limpieza, higiene personal, hospitalarios y médicos, y sus diferentes insumos.
d- Atenciónmédica, odontológica, laboratorios bioquímicos.
e- Servicios de comunicación, audiovisuales y de telefonía.
f- Fabricación y provisión de insumos complementarios para distribución y empaque de productos alimenticios, bebidas, perfumerías y otros.
g- Fabricación, distribución y comercialización de insumos, medicamentos y alimentos para mascotas y atención veterinaria para mascotas.
h- Centros de atención telefónica, debiendo respetar los protocolos establecidos en normas nacionales, provinciales y municipales y mantener al menos un puesto de trabajo intermedio entre cada operador, no pudiendo superar en ningún momento una ocupación superior al cincuenta (50%) por ciento de la capacidad instalada.
i- Obras públicas en general, obras privadas referidas a la refacción, construcción o mantenimiento de la infraestructura sanitaria.
j- Empresas de seguridad y vigilancia.
k- Servicios fúnebres y salas velatorias.
¿Habrá controles entre localidades y zonas fronterizas?
Sí. Se fortalecerán los controles en las localidades, en los puestos limítrofes y en la zona fronteriza con la República del Paraguay en relación al ingreso y egreso de personas al territorio provincial y a la circulación interna y se solicitará el pasaporte Covid.
Asimismo, se establece la exigencia de constancia de hisopado negativo o certificado de vacunación de al menos catorce (14) días previos de inoculación para el ingreso y/o egreso de la provincia. Se recuerda además que no está permitida la permanencia de personas en plazas y parques.
Por otro lado, el Gobierno coordinará el registro, evolución y monitoreo del cumplimiento efectivo del aislamiento preventivo y obligatorio vigente para las personas provenientes del exterior, que se registren como casos positivos activos en aislamiento domiciliario y/o comunitario. En caso de incumplimientos se efectuarán las denuncias correspondiente en virtud a lo dispuesto por los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal.
¿Qué sucede en los otros poderes del Estado?
Mediante el decreto, el Gobierno invitó además a los Poderes Legislativo y Judicial a adherir a las medidas o adecuar las mismas de manera de reducir la circulación de agentes y usuarios de los servicios, priorizando la atención remota y audiencias virtuales.