La Municipalidad de Resistencia dispuso el cobro de honorarios extrajudiciales a los contribuyentes que fueron caracterizados como “judicializables”, lo que puede o no significar que se les haya iniciado un proceso de cobro de deuda vía ejecución judicial. Situación que hoy superaría los quince mil -15.000- casos que ya fueron presentados por la gestión de Gustavo Martínez a la Justicia de Paz, y que se podría duplicar.
Para dar inicio a tan masiva presentación se decidió saltear la instancia de reclamo administrativo o previa intimación, ¿por qué?, no se sabe y cuesta entender o justificar.
¿Extorsión? ¿Condición? ¿Requisito? ¿Es legal hacerlo? ¿Qué están cobrando?
“Lo vemos con asombro y queremos sumarnos al reclamo creciente de las y los vecinos, por tener que afrontar la vuelta de la exigencia de pagar supuestos honorarios antes de poder acceder a una moratoria o financiamiento que permita regularizar deudas tributarias en la Municipalidad de Resistencia”, expresó el Concejal Fabricio Bolatti.
“Nadie explica nada, no se informa el encuadre legal por el que se exige pagar honorarios, no sabemos qué montos se piden, no sabemos si lo cobra el Municipio o si lo cobra un tercero, ni tampoco el destino de esos recursos; lo que puede o no venir acompañado de la visita de un Oficial de Justicia que le notifica una deuda objeto de ejecución que el Municipio nunca comunicó, ni intimó administrativamente, incluso en algunos casos sin figurar como contribuyente del ente local”, remarcó el edil.
“Ante esta injustificada situación, presentamos un proyecto de ordenanza que permita tener una clara legalidad de las acciones que puedan llevar adelante las áreas municipales correspondientes, cuando quien conduce el Ejecutivo Municipal ordena el cobro de deuda por tributos vía ejecución judicial, como está sucediendo hoy con el envío de más de quince mil expedientes ya iniciados ante la Justicia”, detalló Bolatti.
En ese contexto, indicó que lo que se pretende con el proyecto es “garantizar el debido proceso y el derecho a defensa de las y los contribuyentes ante situaciones como estas. “Queremos prohibir expresamente el cobro de honorarios o conceptos extraños e infundados, además de su prioridad de pago, con el que condicionan la posibilidad de regularizar la situación ante el Municipio, y también queremos que en caso de que prospere un juicio, la regulación de honorarios sea reducida al 25% como lo establece la ley vigente L457 c, norma que también prohíbe en su *articulado el cobro de honorarios extrajudiciales, que serían todos aquellos que no son regulados por la Justicia”, precisó.
*Artículo 1º: En todo proceso en que se demande sumas de dinero, los honorarios de los abogados que actúen, … , en representación –como parte actora– de la provincia, municipalidad y de cualquiera …–
Artículo 2°: Los abogados que representen a los organismos citados en el artículo 1 no podrán, en ningún caso, percibir honorarios extrajudiciales.
Esto ya pasó y se cobraba a través de terceros, lo que está doblemente prohibido
Nos referimos a la tercerización que en las gestiones de Aida Ayala, se hizo de la representación legal o poder para accionar judicialmente contra las y los ciudadanos en su condición de contribuyentes morosos, y que al igual que ahora, vemos que se prioriza el cobro de “honorarios” antes que los tributos institucionales con destino comunitario, ya que si no se paga, no le permiten regularizar la deuda principal y que en algunos casos, la misma era menor que lo exigido como condición previa, y con destino a terceros. La ley ya citada es clara al decir:
Artículo 5º: … Asimismo prohíbese, cualquiera sea la naturaleza del juicio y la calidad de actor o demanda o cualquier otra intervención asumida en representación de las mismas entidades, el patrocinio letrado de terceros que no sea el del fiscal de estado o abogados o letrados que se encuentran comprendidos bajo la relación y en el ámbito de lo establecido en el artículo 1º de la presente.
Ejecución Judicial como forma de relacionarse con las y los vecinos
El Ejecutivo Municipal que conduce el Intendente Gustavo Martínez, promueve “demandas judiciales” para lograr cobrar deudas con la comuna, y para ello solicitó al servicio público de Justicia que proceda a la ejecución del patrimonio de vecinas y vecinos de la ciudad. En una primera etapa logró ser eficiente en esta área, llegando a quince mil presentaciones, pero el actual desarrollo de una segunda, estima que se podría duplicar en un breve plazo.
“Hoy con la vía judicial como opción oficial se logran evitar requerimientos administrativos básicos y naturales del derecho, lo que permite ver la ausencia de principios constitucionales en el accionar oficial, ya que la ejecución se inicia con la determinación de la deuda tributaria, pero sin saber a quién se la deben reclamar -es decir, no requiere previa identificación de la persona o contribuyente- tampoco requiere una intimación previa, ni plazo para presentarse a regularizar, ni la necesidad de que se pongan a disposición planes de financiamiento o moratorias especiales para el pago en cuotas. Ni hablar de los ciudadanos y ciudadanas que se encuentren comprendidos en las exenciones parciales o totales del tributo, se les priva de ejercer su derecho ante su gobierno local y reducir su deuda o evitar el proceso judicial”, sostuvo el concejal.
“De lo que estoy muy seguro, es que ni la Justicia ni el Intendente se aseguraron, o mínimamente preguntaron al hoy “deudor a ejecutar”, si los servicios de barrido, alumbrado, limpieza, recolección, etc. que se pretenden cobrar por esta coactiva vía, fueron efectivamente prestado por el Municipio”, enfatizó.
El proyecto de ordenanza presentado por el Concejal Fabricio Bolatti
El proyecto de ordenanza presentado intenta restablecer las garantías que permitan ejercer los derechos establecidos para quienes viven en la ciudad, los que están claramente definidos en la Carta Orgánica y la Constitución, así como las obligaciones de quienes gobiernan la Municipalidad. “Todo funcionario debe aplicar la ética, la moral y la racionabilidad en sus acciones”, es uno de los principios básicos que de cumplirse hubiera sido suficiente para que no exista esta situación”, destacó el Concejal.
En detalle, señaló que la iniciativa presentada, sintéticamente busca:
– Garantizar la “instancia administrativa previa” a cualquier reclamo judicial por cobro de deuda por parte de la Municipalidad, de manera de generar las oportunidades habituales y necesarias para evitar el ámbito judicial.
– Prohibir el cobro de honorarios extrajudiciales en los procesos que tienen al Municipio como accionante, lo que por ley ya rige.
– Garantizar la aplicación de la reducción al 25% de los honorarios regulables por la Justicia, lo ya establecido para cuando la parte actora es el Estado, tanto a nivel provincial como municipal.
– Prohibir la ya muy aplicada extorsión o condicionamiento por el que primero hay que pagar los “honorarios extrajudiciales” (prohibidos por ley), para que se habilite la posibilidad de regularizar la deuda a través de la adhesión a un plan de financiamiento o moratoria.
“Buscando sumarnos a nuestros vecinos y vecinas que padecen todo lo que hoy nos enfrenta la realidad, como la pandemia, la crisis social y económica que se impuso y que pulverizó el valor real de los ingresos y salarios, entre otros. Situación ya difícil, a la que para miles de resistencianos y resistencianas, se le agrega esta desmesurada acción oficial generada intencionalmente por la conducción de su Municipio, y es por ello que presentamos el proyecto de ordenanza”, destacó.
“Mientras podamos y con lo que tengamos disponible para ello, vamos a intentar que las personas que se eligen y logran estar en la función pública, actúen con ética, moral, racionabilidad y dentro de la legalidad. Si entre muchas y muchos lo logramos, todo comienza a mejorar”, cerró el concejal Fabricio Bolatti.