Mediante el Proyecto de Ley Nº 1186/21, el diputado provincial Livio Gutierrez busca crear un Programa Provincial de Reciclado, que tendrá por objetivo involucrar a la población chaqueña en la separación de los residuos reciclables, y a la vez generar trabajo genuino a través de centros de acopio, clasificación y/o procesamiento de los mismos. Los municipios que adhieran a la presente, y con el financiamiento de la autoridad de aplicación, se establecerán centros de reciclado, los que estarán a cargo de cooperativas de trabajo.
El presente proyecto debería considerarse complementario a la Ley 2028-R, sobre gestión de Residuos Sólidos Urbanos. Dicha ley tuvo el propósito de crear centros de gestión de residuos en forma integral en los municipios, teniendo entre sus prioridades la clasificación y separación de los residuos reciclables.
“Sin embargo, distintos factores contribuyeron a que no todos los municipios hayan adherido a dicha Ley, entre otros la falta de creación de una empresa pública que coordinara la gestión, por decisión del Poder Ejecutivo Provincial al momento de reglamentarla (v.g. Decreto 2417/12). s por ello que una de las cuestiones planteadas en el proyecto es la derogación lisa y llana del Capítulo IV de la Ley 2028-R” indicó Gutierrez.
El proyecto prevé una gestión de residuos reciclables alternativa a los GIRSU, a través de cooperativas de trabajo. De esta forma se contribuye a distintos objetivos de los ODS:
a) ODS 12 – Producción y Consumo Responsable, en particular la meta 12.5 “… reducir considerablemente la generación de desechos mediante actividades de prevención, reducción, reciclado y reutilización”;
b) ODS 8 – Trabajo Decente y Crecimiento Económico, institucionalizando la actividad de los hoy recicladores o “carreros” mediante cooperativas de trabajo, y retirándolos de los peligros que implica realizar la actividad en forma deambulante;
c) ODS 1 – Reducción de la Pobreza, teniendo en cuenta que quienes realizan hoy estas actividades, claramente están entre los sectores más vulnerables de la economía.
El proyecto también impulsa la concientización de la población respecto de la separación de los residuos, mediante un sistema de recompensa. A mayor compromiso, mayor será el crédito que las personas tendrán para descontar de sus impuestos. Dado que los particulares o empresas que entreguen residuos a los centros de reciclado recibirán créditos en función del volumen y tipo de material reciclable que entreguen. Dichos créditos podrán ser utilizados por los beneficiarios para el pago de tasas de servicios, tasas de barrido y limpieza, o similares, que cobre el municipio en el que están radicados, por la recolección de residuos sólidos urbanos.
“La adhesión de los municipios al programa es voluntaria, pero tiene beneficios para los mismos, dado que permitiría reducir los volúmenes de residuos urbanos por un lado, y la posible merma de recaudación que podría tener por los créditos otorgados a los beneficiarios, quedaría más que compensado con los montos que recibiría por parte de las cooperativas por el material vendido o industrializado” finalizó Gutierrez.
Parte de su articulado
Las tareas de los centros de reciclado serán el acopio, la clasificación, la compactación y el procesamiento industrial de residuos reciclables, y se realizará íntegramente en los espacios físicos que se destinen a ello. Sólo por vía de excepción la Autoridad de aplicación podrá habilitar a las cooperativas el retiro de residuos en los domicilios de los beneficiarios, y el transporte a dichos centros.
De los resultados obtenidos por los centros de reciclado, un 60% quedará para las cooperativas a cargo, y deberán remitir mensualmente el 30% al municipio en el que están radicados, y un 10% a la autoridad de aplicación, monto que se utilizará para financiar nuevos proyectos, o ampliación de los existentes.
La autoridad de aplicación determinará y publicará anualmente una tabla de conversión que asignará a cada unidad de volumen o de peso de los distintos materiales reciclables un valor monetario, el que permitirá calcular los créditos disponibles para cada beneficiario.
El Poder Ejecutivo, por vía reglamentaria, determinará el método que se utilizará para asignar cuentas individuales de créditos a los beneficiarios, ya sea a través de tarjetas magnéticas recargables, o cualquier otro método de similar practicidad a instantaneidad. Asimismo, podrá determinar un mecanismo compensador entre municipios, en los casos de beneficiarios que tengan domicilio en más de un municipio, y utilicen el crédito sólo en uno de los mismos.
Será autoridad de aplicación el Instituto de Agricultura Familiar y Economía Social, creado por Ley 3335-I.