La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) tomó conocimiento de un posible producto falsificado y logró determinar que un Mantecol estaba siendo elaborada de forma ilegal.
Todo comenzó cuando la firma Mondelez Argentina SA. alertó sobre tres reclamos de consumidores que indicaron que el producto presentaba “elementos extraños”. A raíz de ello, comenzó una investigación que dio con el producto falsificado, el cual no es fabricado ni comercializado por esta empresa.
Por este motivo, la Anmat prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del artículo rotulado: “Postre a base de pasta de maní y cacao marca MANTECOL, RNE Nº 02-0000604, RNPA Nº 02-569076, presentación envase de plástico 3,3 Kg”; dado que según se detalla en la disposición 3604/2022, publicada en el Boletín Oficial, “es un producto falsificado, carece de registro y se encuentra falsamente rotulado al consignar los registros de establecimiento y producto pertenecientes a la firma Mondelez Argentina SA”.
A través de una comparación entre el producto genuino y el falsificado, se observó que el principal elemento distintivo detectable a simple vista es que el producto falsificado luce diferente contenido neto que el que se comercializa en la actualidad; también se observa que la imagen del producto falsificado es poco nítida con bordes negros y que hay una diferencia en la denominación del producto falsificado: “Postre a base de pasta de maní y cacao”, mientras que el legítimo indica “Postre a base de pasta de maní con almendras y cacao”. El producto ilegal no posee insignias ni ilustraciones que indique “con almendras”.
Además, el vencimiento del producto falsificado está impreso en la etiqueta sin fechador mientras que el producto legítimo utiliza código de lote y fecha de vencimiento impreso con tinta inkjet con codificación propia, que la vida útil del producto legítimo es de un año en tanto el producto falsificado exhibe en su rótulo una fecha de elaboración y un vencimiento, que resulta en una declaración de casi cinco años.
Teniendo en cuenta todos estos detalles del producto investigado, la Anmat determinó que “no cumple la normativa vigente por tratarse de un producto falsificado que utiliza la información de un alimento genuino, carece de registros y se encuentra falsamente rotulado”.
“Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República”, explicó la administración en los considerandos del documento, y luego subrayó que tomó la determinación de prohibirlo “a fin de proteger la salud de los ciudadanos”.