La diputada Jessica Ayala busca suspender las PASO por un año

Politica

PASO sí o PASO no. Esa viene siendo el debate hace meses no solo en Chaco, sino también a nivel nacional. Incluso, el gobernador Capitanich días atrás se refirió a las elecciones Primarias, donde calificó a las mismas como una gran herramienta, pero que debe modificarse su aplicación.

En esa línea, hoy miércoles 23 de noviembre, pasadas las 13, la diputada provincial Jessica Ayala presentó en la Legislatura el Proyecto de ley Nº 3511/2022, a través de del cual «SUSPENDE POR EL TÉRMINO DE UN (1) AÑO LA VIGENCIA DE LA LEY 2073-Q (ANTES LEY Nº 7141) Y SUS MODIFICATORIAS, QUE INSTITUYE EL SISTEMA DE ELECCIONES PRIMARIAS, ABIERTAS, SIMULTÁNEAS Y OBLIGATORIAS».

Ese proyecto podría tratarse este mismo miércoles si se obtiene el 2/3 de los votos, pero la próxima semana podría aprobarse con mayoría simple, lo que hace presuponer que en Chaco no habrá PASO (provincial) en el año 2023.

Los fundamentos esgrimidos son:

Con la sanción de la Ley Nacional N° 26.571 sancionada el 14 de diciembre de 2009, se instituye en la Argentina el proceso de selección de los candidatos de cada partido político a través de las denominadas PASO.

En nuestra Provincia, este sistema se implementa por Ley 7141 (hoy ley 2073-Q), sancionada el 14 de noviembre de 2012.
Como toda norma de selección interna de los candidatos de cada partido político y/o alianza ha tenido defensores y detractores.

Desde aquellos que consideran a las PASO una norma que garantiza absoluta participación y transparencia, hasta otros que la consideran violatoria de la autonomía de los partidos políticos, ya que de acuerdo con la Constituciones Nacional y Provincial, dichas entidades tienen autonomía para organizarse, entendiendo a las PASO como un corset que ordena a las agrupaciones políticas a elegir a candidatos en un día y una forma determinada y bajo la fiscalización del Estado.

Debemos decir también en orden a la participación ciudadana con relación a las PASO, que ha venido en un contexto decreciente ya que de lograr en el 2013 una participación cercana al 80%, la última convocatoria de 2021, con la participación de 588.202 votos positivos, dicha intención alcanza apenas a superar el 60%.

Ningún proceso de selección de candidatos es perfecto y hemos recorrido en la historia Argentina, numerosas leyes al respecto. Desde aquella lista completa de 1857, donde el que ganaba llevaba todos los cargos, hasta la circunscripción uninominal; o la Ley Sáenz Peña 8871 que establecía la proporcionalidad donde: el que ganaba, llevaba 2/3; y el siguiente 1/3, pero dejando afuera a las minorías.

El Sistema D´Hont, soluciónó este aspecto y luego incluso en algunas provincias fueron a la Ley de Lemas e incluso algunas de ellas volvieron de dicho Sistema.

Lo que queremos significar entonces, es que la legislación electoral, y más aun la que define simplemente candidaturas internas, son eminentemente dinámicas y, por tanto, susceptibles de modificación. En consecuencia, no se pretende alterar la letra y el espíritu del constituyente, consagrado en el art. 90, inc. 4) de la Constitución Provincial 1957-1994, ya que seguiremos eligiendo a Gobernadores, Diputados Provinciales, Intendentes y Concejales de la misma manera, es decir, con el sistema de doble vuelta o balotaje de acuerdo a la proporcionalidad de votos en caso de Gobernación, mayoría simple en caso de intendentes, y bajo el Sistema D´Hont en caso de Diputados y Concejales.

El artículo 89 de nuestra Constitución Provincial, reconoce la existencia y personería jurídica de los Partidos Políticos, conforme esta iniciativa que presentamos para su aprobación, ésos Partidos Políticos van a tener el rol de definir sus candidatos conforme sus propias Cartas Orgánicas, como lo han hecho a lo largo de la historia hasta la vigencia de las PASO.

Así lo ha hecho claramente el propio Gobernador de la Provincia, yendo cuatro veces a una elección interna. Asimismo, ésos partidos interviene directamente en las PASO, ya que nosotras, como integrantes del Partido Justicialista para presentar una lista, vamos directo a nuestra Autoridad Partidaria –Junta Electoral-, quien luego remite al Tribunal Electoral.

Lo que queremos remarcar con esto es que con PASO o sin PASO, los partidos políticos tienen en todo momento su intervención y garantizan la participación ciudadana.

Sin perjuicio de lo expuesto, la cuestión económica que representa un proceso de preselección de candidaturas como son las PASO, no resulta un detalle menor –aunque no central- pero que sin dudas se suma a la serie de argumentos vertidos precedentemente que robustecen la suspensión que propiciamos por la presente.

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.