Un varón fue condenado a 60 días de arresto por haber hostigado digitalmente a una mujer en reiteradas oportunidades mediante llamadas telefónicas anónimas de contenido sexual. La sentencia 428/23 del Juzgado de Faltas de Resistencia señaló que tales conductas están prohibidas por el Código de Faltas a partir de la reciente modificación que incorporó la identidad digital en el Capítulo XI y, en particular, contravino lo establecido en los artículos 139 ter y quater inciso «g».
Al fundamentar su decisión, la jueza Marcela Cortés, consideró que el hecho «se cometió en contexto de violencia de género, en el marco de la Ley 26.485, toda vez que se valió de un celular para realizar reiteradas llamadas anónimas con comentarios sexuales, situándola en un lugar de objeto para satisfacer el deseo sexual del llamante, invadiendo y afectando su vida privada, laboral, su integridad sexual y psicológica». Así mismo agregó que «ni en el ámbito judicial al que acudió en busca de ayuda la dejó de acosar y hostigar» y precisó que las pruebas de la causa fueron valoradas «a la luz de una adecuada perspectiva de género».
«Lo llamativo del caso es que en plena audiencia testimonial en la sede del juzgado la víctima recibió una llamada del agresor y se pudo dejar constancia de todo lo que dijo. Se requirió informes a las compañías telefónicas y así se acreditó la identidad del sujeto pese a que la llamada tenía restringido el número de línea», puntualizó en otro pasaje de la sentencia.
Cortés analizó que la tecnología «ha transformado muchas formas de violencia de género en algo que puede cometerse a distancia, sin contacto físico y que va más allá de las fronteras mediante el uso de perfiles anónimos para intensificar el daño a las víctimas». En este sentido subrayó: «todas las formas de violencia de género en línea se utilizan para controlar y atacar a las mujeres y mantener y reforzar las normas, los papeles y las estructuras patriarcales, y una relación de poder desigual».
«La protección de los derechos humanos de la mujer y la eliminación de la violencia contra las mujeres y las niñas en la vida pública y privada en el mundo real, sigue siendo un reto mundial que se ha extendido al espacio digital de los medios sociales, como Instagram, Twitter, Facebook, Reddit, YouTube y Tumblr y otras comunicaciones de telefonía móvil, sitios de microblogs aplicaciones de mensajería (como WhatsApp, Snapchat, Messenger, Weibo y Line), que ahora forman parte de la vida cotidiana de muchas personas en todo el mundo», concluyó.