Podrán acceder al beneficio los agentes que posean como mínimo 15 años de aportes. Y cobrarán el 100%.
El gobierno provincial reglamentó la ley del Retiro Voluntario Móvil por Familiar con Discapacidad y este es un paso más para poder tramitar el beneficio ante los organismos provinciales.
El decreto de reglamentación, que fue emitido hace poco tiempo, permitirá que se pueda acceder a este beneficio, que fue sancionado por la Legislatura en base a una propuesta enviada por Elida Cuesta.
Y en el instrumento se establece que cada uno de los poderes que integran el Sector Público Provincial determinará el procedimiento para la solicitud y posterior otorgamiento o desestimación del beneficio del retiro. También, aprobó el nomenclador de los conceptos que se considerarán en la base de cálculo del haber.
Además, el Instituto Provincial para la Inclusión de las Personas con Discapacidad (Iprodich), será la autoridad de aplicación del presente régimen de Retiro Voluntario, quedando facultado a dictar las normas aclaratorias, complementarias e interpretativas que resulten necesarias para su aplicación.
Y podrán acceder al beneficio los agentes de planta permanente que posean como mínimo 15 años de aportes al Instituto de Seguridad Social, Seguros y Préstamos (Insssep) y que adjunten DNI, CUD y resumen de historia clínica del hijo o familiar a cargo con discapacidad.
«El agente que resulte beneficiario no podrá prestar otros servicios en el ámbito privado ni en el ámbito público bajo ninguna modalidad de contratación», determinó.
«El haber del retiro, entendido en los términos del artículo 4 de la Ley 3807- H, consistirá en el 100% de los conceptos remunerativos, mensuales, normales, habituales, regulares y permanentes que percibe el agente al momento del dictado del instrumento legal de otorgamiento del beneficio», indicaron en el decreto.