En lo que constituye la primera experiencia de este tipo a nivel mundial, miembros de los pueblos qom y wichi integraron por completo el jurado popular que declaró culpables a Jorge Ángel Díaz y Matías Custodio Gabriel Aranda (ambos qom), por los delitos de homicidio simple y partícipe primario en el delito de homicidio simple, respectivamente por la muerte de Bruno Gabriel Quiroga, también qom.
Fue al término del quinto juicio por jurados que se desarrolló en la ciudad de Juan José Castelli (cabecera de la sexta circunscripción judicial del Chaco) en la causa 1879/2022-6 con la intervención del camarista Raúl Rach como juez técnico; el fiscal de Cámara, Carlos Fabricio Calvo, la querellante Carolina Aquino y los defensores Iván Lozina y Gustavo Kleisinger (defensor oficial Nº 1) con asistencia de la Oficina Judicial de Juicio por Jurados a cargo del Dr. Alejandro Darío Pellizzari.
Durante las audiencias el jurado tuvo apoyo del equipo de traductores-intérpretes en lengua qom y wichi perteneciente al Poder Judicial. Además, asistió la coordinadora Integral de Actividades Judiciales con los Pueblos Indígenas del Poder Judicial del Chaco, Elizabet González.
Jurado 100% indígena
Para la ocasión el jurado estuvo conformado por cuatro varones y cuatro mujeres qom, dos varones y dos mujeres wichi. En tanto que fueron recusados los potenciales jurados criollos.
Así lo acordaron las partes debido a que aún resta proseguir y concluir el proceso de consulta previa, libre e informada a los pueblos indígenas para la implementación del juicio por jurado indígena, situación sobre la que el Superior Tribunal de Justicia insistió en reiteradas ocasiones al Poder Ejecutivo provincial durante los últimos años.
La consulta debe hacerse de acuerdo a los artículos 75 incisos 17 y 22 de la Constitución Nacional; 6 y concordantes del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT); 5, 18, 19 y concordantes de la Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas; XX al XXIII de la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas 37 y concordantes de la Constitución Provincial y atento a lo establecido por el segundo y tercer párrafo del artículo de la ley de juicios por jurados 2364-B.
El caso
Tal como quedó probado durante las audiencias, Quiroga fue asesinado por Díaz en el barrio Curishi de Castelli, en la madrugada del 11 de junio de 2022, utilizando un cuchillo tipo facón que le facilitó Aranda y con el cual le provocó la herida mortal en la pierna izquierda.
El requerimiento fiscal fue elevado el 21 de octubre de ese año y la investigación penal preparatoria fue clausurada el 23 de noviembre. Mientras que el sorteo por el cual se definió que Rach sería el juez técnico tuvo lugar el 16 de diciembre. Entre el 9 de marzo y el 9 de noviembre de 2023 hubo nueve audiencias preliminares.
El juicio comenzó el lunes 22 de abril con la audiencia de voir dire en que quedaron seleccionadas las personas que integrarían el jurado y la lectura de instrucciones iniciales. Luego, entre martes y miércoles, continuaron las instancias de alegatos de apertura, producción de la prueba, alegatos de cierre, instrucciones finales y la deliberación previa a que pronunciasen el veredicto.
«Fueron días históricos»
Elizabet González, coordinadora Integral de Actividades Judiciales con los Pueblos Indígenas del Poder Judicial del Chaco, afirmó que «fueron días históricos». Definió a la experiencia como «muy fuerte» y afirmó que resultó «conmovedor ver a 80 personas potenciales jurados, 22 de las cuales pertenecían a pueblos indígenas qom y wichi».
En tanto resaltó que a pedido del juez Rach, durante el juicio «estuvieron presentes traductores e intérpretes en lenguas indígenas qom y wichi del Poder Judicial, quienes prestaron su servicio en la participación que se dio en la selección del jurado» y «en algunas situaciones específicamente para los hermanos wichi, para que entendieran algunas preguntas que se le van haciendo» en la etapa de selección».
Por otra parte remarcó la «connotación histórica» de «testimonios que pude intercambiar con los integrantes de este jurado, el de ser parte» entre los que resaltó uno que » manifestó el gran compromiso y la gran responsabilidad que les tocó».
Finalmente llamó a que «se dé cumplimiento del artículo 4 de la ley 2374-b, la consulta para la implementación del juicio por jurado indígena»; en lo que constituyó «un llamado a las partes: el Poder Ejecutivo y a nuestro Instituto del Aborigen Chaqueño, por supuesto con nuestra colaboración, siempre dispuestos para que pueda darse cumplimiento».