Expte. Nº10.667/23CREDIL S.R.L. C/ GOMEZ ACOSTA, DARIO DANIEL DAVID S/ EJECUTIVO” PUBLICADO 12 Y 13 DE JULIO DE 2024

Edictos

Dra Claudia E. Canosa, Juez Subrogante del Juzgado Civil Nº 12, sito en Güemes 609, Resistencia, en autos “CREDIL S.R.L. C/ GOMEZ ACOSTA, DARIO DANIEL DAVID S/ EJECUTIVO” Expte Nº10.667/23 “Resistencia, 29 de mayo de 2024.- AUTOS Y VISTOS: Atento el resultado de las diligencias practicadas… habiéndose cumplimentado con el trámite previsto por los art. 162 y art. 530 del CPCC, NOTIFIQUESE POR EDICTOS el despacho monitorio dictado al Sr. DARIO DANIEL DAVID GOMEZ ACOSTA (DNI Nº 27.001.846), los cuales se publicarán POR DOS(2) DIAS EN EL Boletín oficial y en un diario local de los de mayor circulación, emplazándolo/a a que, en el término de CINCO (5) días u bajo apercibimiento de designarse defensor/a de ausentes para que lo/la represente, tome intervención en autos: Fdo. Dr, FERNANDO LUIS LAVENAS Juez Subrogante” ”Resistencia, 30 de Noviembre de 2023.- AUTOS Y VISTOS… CONSIDERANDO…RESUELVO: I) EMITIR DESPACHO MONITORIO contra DARIO DANIEL DAVID GOMEZ ACOSTA D.N.I. Nº 27.001.846, condenándolo a pagar al accionante la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS TREINTA ($169.830,00) en concepto de capital, con más los intereses a calcular de conformidad a lo dispuesto en los considerandos, y las costas que se presupuestan provisoriamente en la suma de PESOS CINCUENTA MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE ($50.949,00), sujeta a liquidación definitiva.-II) HACER SABER AL EJECUTADO que dentro del plazo de CINCO (5) días, podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el pto. I) de la presente u oponerse a este despacho deduciendo las excepciones previstas en al art. 543 del C.P.C.C., bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art.541 párrafo tercero de ritual. Asimismo, INTIMASELO a que en igual plazo constituya domicilio procesal, bajo apercibimiento de tenerlo por notificado por Ministerio de la Ley en los términos del art. 56 del C.P.C.C. .-III)IMPONER  las costas a la parte ejecutada(art. 538 del C.P.C.C.).- IV) REGULAR honorarios de profesionales a la Dra. VALERIA ALICIA DURAN ACEVEDO, en la suma de PESOS CIENTO DIECISEIS MIL OCHOCIENTOS ($116.800,00) en carácter de patrocinante y del Dr. ANDRES ALEJANDRO CARIC FERNANDEZ en la suma de PESOS CUARENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS VEINTE(46.720,00) como apoderado, con más I.V.A. si correspondiere(arts.3,5,6 y 15 de la L.A.), con la limitación prevista por el art. 730 del CC y Comercial, sin perjuicio de su eventual adecuación en caso de existir oposición….-V) AL PEDIDO DE EMBARGO: Atento lo peticionado, TRABESE EMBARGO sobre los haberes que tenga a percibir el/la Sr./a DARIO DANIEL DAVID GOMEZ D.N.I. Nº27.001.846 como dependiente de NORTE SERVICIOS S.R.L., en la proporción del 20% de los mismos y hasta cubrir la suma de PESOS CUATROCIENTOS DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO CON VEINTE CENTAVOS($418.638,20) (CAPITAL:$169.830,00 intereses y costas provisoriamente presupuestados :$50.949,00, honorarios $163.520,00 e I.V.A. $34.339,20) …NOTIFIQUESE a la ejecutada personalmente o por cedula en embargo trabado en su ausencia, en el domicilio Real…VI) NOTIFICAR la presente en el domicilio del ejecutado…VII) Fdo. Fernando Luis Lavenas, Juez Subrogante” Secretaria, 24 de junio de 2024

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