En el marco del blanqueo de capitales que se encuentra en pleno desarrollo, el Banco Central decidió hoy flexibilizar algunas normas referidas a la transferencias en dólares, en la búsqueda de facilitar esas transacciones y, a la vez, quitar ciertas obligaciones para los bancos aún vigentes, a pesar de la declarada intención del Gobierno de eliminar las restricciones cambiarias.
El BCRA, de esa forma, dispuso eliminar la sospecha de violación de las normas cambiarias como un causal de rechazo de una transferencia en dólares para uno de sus clientes. La disposición derogada consideraba un motivo válido para que el banco receptor de una transferencia en moneda extranjera la rechace bajo la “sospecha de que la transferencia esté asociada a un incumplimiento de la normativa sobre compra de moneda extranjera por parte de personas humanas residentes para la formación de activos externos”.
En otro orden, el BCRA también derogó algunas disposiciones enmarcadas en el principio conocido como “conozca a su cliente”, que insta a las entidades bancarias a precisar la identidad y los movimientos de cada depositante con el objetivo de detectar posibles operaciones de lavado de dinero.
Algunos puntos derogados
De esa forma, dejó de tener vigencia un apartado de la normativa que obligaba a los bancos a tomar “recaudos especiales de manera previa a la efectivización de una transferencia, a los fines de continuar con la política de minimizar el riesgo”. Los bancos ya no deberán objetar operaciones relacionadas con los tres siguientes supuestos:
- Cuentas de destino que no hayan sido previamente asociadas por el originante de la transferencia a través de cajeros automáticos, en sede de la entidad financiera o por cualquier otro mecanismo que ella considere pertinente.
- Cuentas de destino que no registren una antigüedad mayor a 180 días desde su apertura.
- Cuentas que no hayan registrado depósitos o extracciones en los 180 días anteriores a la fecha en que sea ordenada la transferencia inmediata.