domingo, noviembre 17, 2024

Régimen de incentivo industrial: extienden un programa clave hasta fin de año y facilitan el ingreso

Nacionales
El Ministerio de Economía de la Nación a través de laSubsecretaría de Política Industrial extendió hasta el 31 de diciembre el régimen de incentivos destinado a promover la fabricación nacional de Bienes de Capital, informática y telecomunicaciones y además se facilitó el trámite para acceder.

La decisión se tomó mediante la Disposición 28/2024 publicada este miércoles 7 de agosto, en el Boletín Oficial. El beneficio es a través de un bono fiscal con una reducción de 10 puntos porcentuales.

Puntos que se modifican para facilitar el trámite

  • Inscripción en el registro. Cumplidos los extremos señalados precedentemente, la Dirección Nacional de Gestión de Política Industrial emitirá el acto administrativo que otorgue la inscripción en el Registro, la que tendrá efectos retroactivos al momento del inicio de la solicitud si ésta se encontrare completa o desde la última subsanación si ésta hubiere tenido lugar.
  • Suspensión del registro. Cuando la Dirección Nacional de Gestión de Política Industrial tome conocimiento de que una beneficiaria del Régimen se encuentre en incumplimiento de alguno de los extremos que posibilitaron su inscripción, conforme la previsión dispuesta en el Artículo 2° del Decreto N° 379/01 y sus modificatorios, con excepción del requisito establecido en el inciso f), procederá a intimar a la beneficiaria a los fines de que en un plazo no mayor TREINTA (30) días, proceda a subsanar el incumplimiento.
  • Procedimiento para la validación bienal de la inscripción. La validación bienal prevista deberá ser realizada dentro de los TREINTA (30) días hábiles anteriores al cumplimiento de cada bienio desde su inscripción en el Registro de Beneficiarios y Productos del Régimen de Incentivo para Fabricantes de Bienes de Capital, completando mediante el usuario de un representante legal o apoderado con facultades suficientes el formulario disponible en el Sistema de Trámites a Distancia (TAD).

Cumplidos los extremos señalados, la Dirección de Aplicación de Política Industrial elaborará un informe que dé cuenta del cumplimiento de la instancia de validación, elevando las actuaciones a la Dirección Nacional de Gestión de Política Industrial que hará constar mediante un informe sustanciado la revalidación para su posterior notificación al beneficiario.

La presentación de la validación bienal quedará sustanciada cuando los sujetos inscriptos en el Registro hayan tramitado la “Solicitud del Bono Anual” o presentado el “Régimen de Información Anual” durante DOS (2) años consecutivos, siempre que de esas presentaciones surja que se encuentran en cumplimiento de los requisitos previstos para la inscripción en dicho Registro». Las modificaciones quedan vigentes a partir de hoy, con la publicación en Boletín Oficial.

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