Expte. N° 1478/21 «COFINAR SAS C/ TORRES EDUARDO ALBERTO S/ EJECUTIVO» PUBLICADO 04, 05 Y 06/2024

Edictos

El Juzgado Civil y Comercial N° 3 PECQ de Resistencia, Chaco a cargo del DR. GAUNA MARCELO DARIO , Juez, Secretaria actuante, sito en 25 de Mayo Nº 338 Piso: 5, en autos caratulados: COFINAR SAS C/ TORRES EDUARDO ALBERTO S/ EJECUTIVO», Expte. N° 1478/21, se ha dispuesto librar la presente a fin de hacerle saber la siguiente resolución:«//sidencia R. Sáenz Peña, 04 de marzo de 2024.(…)CITESE a TORRES, EDUARDO ALBERTO D.N.I Nº32.966.656 por edictos que se publicarán por TRES (3) veces en el Boletín Oficial y un diario local, emplazándolo para que dentro de cinco (5) días, invoque y pruebe cuanto estime conveniente a su derecho, bajo apercibimiento de designarse al Defensor de Ausentes para que la represente.- Pcia. R. Sáenz Peña, 8 de septiembre de 2021.(…)RESUELVO: I) LLEVAR ADELANTE LA EJECUCION contra EDUARDO ALBERTO TORRES, condenándolo a pagar al accionante la suma de PESOS CUARENTA y OCHO MIL ($ 48.000,00), en concepto de capital, con más los intereses a calcular de conformidad a lo dispuesto en los considerandos, y las costas, presupuestándose a esos efectos provisoriamente la suma de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000,00), sujeta a liquidación definitiva.II) HACER SABER AL EJECUTADO que dentro del plazo de CINCO (5) días, podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el pto. I) de la presente, u OPONERSE a éste despacho deduciendo las excepciones previstas en el art. 543 del CPCCCh, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el párrafo 3º del art. 541 del mismo cuerpo legal.  Asimismo, INTIMASELO a que en igual plazo constituya domicilio legal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituído en los Estrados del Juzgado en los términos del art. 56 del CPCCCh. III) IMPONER las costas al ejecutado (art. 538 del CPCCCh).IV) REGULAR los honorarios del Dr. OCTAVIO GRACIOSI, como letrado patrocinante de la parte actora, la suma de PESOS VEINTITRES MIL TRESCIENTOS VEINTIOCHO ($ 23.328,00) y, la suma de PESOS NUEVE MIL TRESCIENTOS TREINTA y UNO ($ 9.331,00) como apoderado de la misma parte con mas IVA (21%) si correspondiere, todo conforme las pautas de los arts. 3, 5, 6, 15 y conc. de la ley Nro. 288-C (Antes Ley 2011). Notifíquese a Caja Forense y cúmplase con los aportes de ley.- V) NOTIFICAR la presente a la parte demandada en la forma dispuesta por el Art. 530 del CPCCCh, con copias de la demanda y documental acompañada y con las formalidades establecidas en el art. 341 del CPCCCh, con transcripción de los mencionados artículos. VI) REGISTRESE Y PROTOCOLICESE. Dr. Marcelo Darío GAUNA Juez Juzgado de Procesos Ejecutivos Concursos y Quiebras» Saenz Peña, 14 de MARZO de 2024.-

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