martes, noviembre 12, 2024

La ANMAT prohibió un aceite de oliva y varios productos médicos por peligro para la salud

Nacionales

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la producción y comercialización de un aceite de oliva al considerarlo un “producto ilegal” por “carecer de registros sanitarios y estar falsamente rotulado al consignar en el rotulado números de RNPA y RNE inexistentes”.

Según informó el organismo mediante la Disposición 8427/2024 publicada este miércoles en el Boletín Oficial, se trata del “Aceite de oliva extra virgen; marca Don Francesco; Cont. Neto 2 Lts.; Consumir antes junio/27; Origen de Mendoza; Rne: 13632154; Rnpa: 13632649″.  Además, también fueron vetados los productos médicos elaborados por la firma Torboli Gustavo Gabriel.

Las investigaciones comenzaron en Mendoza luego de que un consumidor particular realizara una consulta ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL). La persona en cuestión había adquirido el artículo en la localidad de Gualeguaychú.

Luego de un exhaustivo análisis, la autoridad interviniente estableció que “el producto se encuentra en infracción al artículo 3° de la Ley N° 18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto N° 2126/71, los artículos 6 bis, 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA), por carecer de registros sanitarios y por estar falsamente rotulado al consignar en el rotulado números de RNPA y RNE inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”.

De esta manera, la administración nacional prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional – y también en plataformas en línea – del producto «Aceite de oliva extra virgen; marca Don Francesco; Origen de Mendoza; Rne: 13632154; Rnpa: 13632649″. La prohibición es efectiva para cualquier presentación, lote y fecha del mencionado artículo.

Los productos médicos prohibidos por ANMAT

A través de la Disposición 8608/2024, la administración prohibió el «uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional» de todos los productos médicos elaborados por la firma Torboli Gustavo Gabriel. La misma se mantendrá vigente hasta tanto el productor obtenga nuevamente el «Certificado de Buenas Prácticas de Fabricación correspondiente».

La firma afectada había iniciado el trámite para renovar el mencionado certificado el pasado 13 de julio de 2021, lo que provocó la prorrogación de su validez tal como lo permite la Disposición ANMAT 4930/17.

Posteriormente, la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud realizó inspecciones a la firma Torboli Gustavo Gabriel y constató que la misma se encontraba comercializando productos que «no cuentan con los registros correspondientes por parte del Instituto Nacional de Productos Médicos«. Por consiguiente, la administración solicitó la prohibición de los productos encontrados.

Además, ANMAT generó un sumario sanitario a la firma por la falta de la documentación exigida. El 14 de junio de 2024 inspectores de la Administración Nacional se constituyeron en el domicilio de la firma, para la realización de una inspección de verificación de cumplimiento de Buenas Practicas de Fabricación.

En sus justificaciones, la administración detalló que, durante los diversos procedimientos, se pudo constatar la «falta de los correspondientes registros sanitarios» y detalló que, ante la ausencia de los certificados nombrados, no puede garantizarse el origen, la seguridad y eficacia de los productos médicos comercializados por la marca.

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