La Justicia chaqueña implementó un protocolo para casos de violencia laboral

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El Poder Judicial del Chaco cuenta, a partir de ahora, con un protocolo de actuación de la Oficina Interdisciplinaria para la Prevención, Tratamiento y Sanción de la Violencia Laboral que será aplicado a magistradas, magistrados, funcionarios, funcionarias, empleadas y empleados cuando se adviertan conductas previstas en la ley 2023-A.

Las denuncias ante episodios de violencia o acoso en el marco del desarrollo de servicio de justicia podrán ser realizadas por quienes se desempeñan en el Poder Judicial, intervienen como auxiliares, prestan servicios tercerizados y justiciables.

La decisión fue tomada por el Superior Tribunal de Justicia mediante la resolución 755/24 en la que remarcó su vehemencia «en reafirmar -en el ámbito disciplinario- la exigencia del respeto irrestricto de la obligación de mantener -por parte de quienes prestan servicios en este Poder- un trato digno, propio de quien desempeña una función pública de tan alta importancia, como lo es la función judicial».

El protocolo, que va en consonancia con la ley nacional 27.580 y la provincial 2023-A, significa una primera herramienta institucional para la prevención y protección frente a la violencia laboral y el acoso en el ámbito de las relaciones de trabajo en el Poder Judicial. Tiene como objetivo asistir ante estas situaciones mediante instancias de consultas, asesoramiento y acompañamiento de quienes puedan resultar afectados por la problemática, «procurando la reparación y solución de los conflictos, en aquellos casos en que resulte posible o derivando a los organismos competentes, en los casos que no resulten comprendidos».

Funcionamiento del protocolo

La Oficina Interdisciplinaria se encargará de recibir las consultas y presentaciones verbales o escritas (de la persona afectada o un tercero que asegure tener conocimiento de lo que ocurre), contener y orientar a las víctimas, entrevistar a las personas referidas como supuestas generadoras de los hechos (siempre que esto no ponga en peligro a la víctima), actuar en la oficina de donde proviene la presentación, entrevistar a testigos, evaluar situaciones de posible riesgo, recomendar y sugerir acciones en el marco legal vigente, seguir los casos en que interviene y, en caso de ser necesario, articular tareas con otras oficinas o áreas.

En todos los casos actuará en función de trece principios generales: información y asesoramiento, respeto y confidencialidad, no revictimización, perspectiva de género, principio de no regresividad, multidisciplinariedad, articulación institucional y cooperación interinstitucional; imparcialidad y legalidad, reserva de las actuaciones, diligencia, celeridad y temporalidad de la intervención, amplitud probatoria, oficiosidad, importancia de la prevención y no exclusividad.

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