MEGACREDITOS SRL C/ CABALLERO MARIANO RAMON S/ Ejecutivo» Expte. N° 1586/22 – PUBLICADO 29 Y 30 DE NOVIEMBRE DE 2024

Edictos

Juzgado de 1º Instancia en lo Civil y Comercial N° 12, a cargo de la Dra. MARIA DE LOS ANGELES VULEKOVICH, Juez, Secretaria 12, de esta ciudad, con sede en Calle Güemes 609, NOTIFIQUESE POR EDICTOS el despacho monitorio dictado al/a la la Sr/MARIANO RAMON, CABALLERO, (DNI N° 28.317.841). los cuales se publicarán por DOS (2) días en el Boletín Oficial y en un diario local de los de mayor circulación, emplazándolo/a a que, en el término de CINCO (5) días y bajo apercibimiento de designarse defensor/a de ausente para que lo/la represente, tome intervención en autos en los autos caratulados «MEGACREDITOS SRL C/ CABALLERO MARIANO RAMON S/ Ejecutivo» Expte. N° 1586/22, bajo apercibimiento de designarse un Defensor de Ausentes para que lo represente. Se hace saber DEL DESPACHO MONITORIO DICTADO EN AUTOS EL CUAL REZA: Resistencia, 31 de marzo de 2022.-LB AUTOS Y VISTOS(…) CONSIDERANDOS (…) RESUELVO: I) EMITIR DESPACHO MONITORIO contra MARIANO RAMON CABALLERO DNI Nº 28.317.841, condenándolo a pagar al accionante la suma de PESOS TREINTA y CINCO MIL CIENTO SESENTA ($35.160,00) en concepto de capital, con más los intereses a calcular de conformidad a lo dispuesto en los considerandos, y las costas que se presupuestan provisoriamente en la suma de PESOS DIEZ MIL QUINIENTOS CUARENTA y OCHO ($10.548.00), sujeta a liquidación definitiva. [1] HACER SABER AL EJECUTADO que dentro del plazo de CINCO (5) días, podrá cumplir voluntariamente con to ordenado en el pto. 1) de la presente, u OPONERSE a este despacho deduciendo las excepciones previstas en el art. 545 del C.P.C.C., bajo apercibimiento de to dispuesto en el art. 541 párrafo tercero del ritual. Asimismo, INTIMASELO a que en igual plazo constituya domicilio procesal, bajo apercibimiento de tenerlo por notificado por Ministerio de la Ley en los términos del art. 56 del C.P.C.C-III) IMPONER las costas a la parte ejecutada (art. 538 del C.P.C.C.) V) AL PEDIDO DE EMBARGO. Atento lo peticionado, TRABASE EMBARGO sobre los haberes que tenga a percibir el/la Sra. MARIANO RAMON CABALLERO (D.N.I. N° 28.317.841) como dependiente de SECRETARIA DE DESARROLLO TERRITORIAL Y AMBIENTE, en la proporción del 20 de los mismos y hasta cubrir la suma de PESOS OCHENTA y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA y OCHO ($82.668.00) (capital: $35.160,00, intereses y costas provisoriamente presupuestados: $10.548.00 honorarios: $ 36.960.00) () VI) NOTIFICAR la presente en el domicilio del ejecutado con copias de la diligencia, de la demanda y documental de conformidad a lo normado por los arts. 530 y 341 del C.P.C.C., con transcripción de los mencionados artículos. VII) NOTIFIQUESE, REGISTRESE Y PROTOCOLICESE. MARIA DE LOS ANGELES VULEKOVICH JUEZ-JUZ, CIV. COM. N° 12 El presente documento fue firmado electrónicamente por VULEKOVICII MARIA DE LOS ANGELES. DNI: 16987423. JUEZ IRA. INSTANCIA Pde Resistencia 12 de Abril de 2024-

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