A través del Decreto 46/2025, se oficializó el sistema de autodespacho en estaciones de servicio. La medida es opcional, pero genera preocupación en el sector gremial por el impacto en el empleo.
El Gobierno nacional reglamentó la implementación del autoservicio de combustibles en las estaciones de servicio del país. La medida, establecida en el Decreto 46/2025 y publicada en el Boletín Oficial, permite que los conductores carguen su propio combustible bajo ciertos protocolos de seguridad. Su adopción será opcional y dependerá de cada expendedor.
Según la normativa, quienes utilicen este sistema deberán seguir instrucciones específicas, como reponer la tapa del tanque y colocar correctamente la manguera antes de encender el motor. Además, la Secretaría de Energía tendrá un plazo de 60 días para definir los requisitos que deberán cumplir las estaciones que quieran incorporar esta modalidad.
El decreto también habilita la instalación de estaciones de servicio móviles y el uso de tanques portátiles para el transporte y abastecimiento de hidrocarburos, bajo condiciones de seguridad que serán determinadas por el Gobierno.
Antes de la oficialización, algunas estaciones en la Ciudad de Buenos Aires y Mendoza ya habían implementado pruebas piloto del sistema. Sin embargo, la medida generó rechazo en el sector gremial. Carlos Acuña (h), secretario general adjunto del Sindicato de Empleados de Estaciones de Servicio (SOESGyPE), advirtió que cerca de 70.000 trabajadores podrían verse afectados y alertó sobre los riesgos de seguridad asociados a la manipulación de combustibles sin supervisión adecuada.